jueves, 18 de marzo de 2010

Seguro Estatal por Catástrofes

Las catástrofes sin duda que dejan a todo el mundo en una situación distinta a la que tenían el minuto previo a que ella aconteciera, sin importar la magnitud del daño que cada uno haya sufrido, sea éste material o sicológico, las huellas pueden demorar años en borarrse. Para nadie es un secreto que las las consecuencias del terremoto que nos afectó se están viviendo desde los niveles más pequeños, que comprenden la realidad personal de quien perdió sus cosas, seres queridos, sus herramientas de trabajo, su empleo, hasta niveles macros como el desequilibrio de la economía del país, cuyas autoridades deben replantearse el programa de gobierno para trasladar recursos que estaban en principio destinados a otros objetivos, hasta tener que analizar las repercusiones que tiene para el país el implantar tal o cual mecanismo de ingreso de flujo de capitales, mayor generación de gasto público, implementación de subsidios directos o indirectos, alzas de tributos, aumento de la inflación, etc.


Hemos visto como lo que en un principio resultaba impensado para un país que según las autoridades salientes estaba a las puertas de desarrollo, se materializaba o derrumbaba, frente a los ojos de todos. La caída de edificaciones nuevas, no tan nuevas y otras añosas, cuyos propietarios sufrieron daños irreparables, tanto en lo material como en lo económico, resultó ser un hecho de la causa. Los resultados de este hecho de la naturaleza están afectando a toda la sociedad por igual, ya que la reconstrucción en términos amplios no la pagarán sólo las constructoras, inmobiliarias, compañías de seguros, o propietarios, sino que todos los que vivimos en este país.


Los medios de comunicación masivos han llenado páginas y muchas horas de transmisión televisiva y de radio tratando de interpretar las responsabilidades que podrían tener las constructoras, señalando que quienes están más tranquilos son las personas que adquirieron un inmueble con crédito hipotecario y tomaron un seguro contra sismos, versus quienes creyendo que era la mejor opción, hicieron el esfuerzo de pagar al contado sin contratar un seguro.


La realidad por fría que sea es efectivamente esa. Debemos partir de la premisa que los seguros tienen una finalidad indeminizatoria, esto significa reparar el daño, pero además hay una componente de depreciación del bien que es considerada al momento de fijar el monto asegurado y de la valoración del daño, de modo que el cuento de la pérdida total en materia de seguro automotriz, esto es, del amigo que hizo el negocio del año chocando el auto porque se lo cambiaron por un nuevo, no es más que eso, un cuento, porque tal y como el auto se desvaloriza saliendo de la automotora, lo mismo ocurre con los seguros de inmuebles, claro que en un menor grado, pero nadie podrá salir millonario de este evento. Algunos saldrán igual a como estaban antes del terremoto, ciertamente los menos; otros saldrán con menos de lo que poseían, un gran número; y otros perdiéndolo todo, seguramente los más. A impedir eso es que debemos apuntar, a pedirles a las autoridades a que se preocupen, no sólo al tema de cuán rápido reaccionamos frente a la catástrofe, que sin duda es importante, pero tanto o más importante es saber quién paga.


En relación es ello, debemos considerar que en los casos de créditos hipotecarios, quien asegura la inversión no es el propietario, sino que la entidad financista, esto aunque los seguros los pague el acredor hipotecario, lo cual tiene una lógica económica, pero no una lógica desde el punto de vista del derecho de propiedad, ni tampoco de la justicia -en un sentido de los que es justo, no de lo que es meramente legal- por lo tanto, quienes tienen un crédito hipotecario y piensa que tiene su bien asegurado, en realidad está asegurando un interés ajeno, del todo asegurable, pero ajeno al fin y al cabo, ya que asegura el retorno de la inversión del banco que le presta la plata, y autoriza al bvanco para cobrar a la compañía de seguros a entregar el monto de la indemización al banco para que éste se pague y luego, si es que hay un saldo a favor, que ordinariamente no lo habrá, se le reintegra al propietario del inmueble. Crudo pero real.


Suena injusto, pero en un segundo nivel de profundidad no lo es, o no lo es tanto, porque de esta manera las cosas retoman un orden lógico, los bancos y entidades finacieras que prestan la plata ven devuelta su inversión, los acreedores hipotecarios se ven liberados de continuar pagando por algo que ya no pueden usar y que perdieron (sólo hasta cierto punto porque siguen siendo dueños del terreno, ahora en comunidad) y pueden volver a ser sujetos de crédito para comprar un nuevo inmueble, sufriendo sólo la pérdida de lo que ya pagaron, pero que en la práctica sigue siendo de ellos, que es el terreno en donde se construyó el inmueble, por lo tanto, hay ajustes y lo que se ve tan negro, parece ahora que no lo es tanto.


No obstante esto es el primer grado de propietarios, esto es aquellos que tenían un crédito con seguro o un seguro propio. Pero ¿qué sucede con quienes no tenían seguro?.


No vamos a entrar a discutir el tema de las responsabilidades que establece la ley para el constructor y el primer vendedor, porque de seguro finalmente serán los tribuanles quienes zanjarán las mayores discusiones, o al menos uno espera a que lo hagan, ya que están llamados a ello.

Hay una tercera mirada que no ha sido observada y es la responsabilidad que en esto puede tener el Estado y no me refiero al estado en su papel fiscalizador o legislativo, sino que a su papel más básico de sostenedor.


Hemos sido testigos que se han caído edificios nuevos y antiguos, y como es la norma en estos casos, quienes se ven más damnificados son quienes eran propietarios de casas y departamentos cuya construcción es antigua y que no cuentan con seguros, de manera que la pérdida en esos casos es total, produciéndose un descalabro tanto personal como económico, ya que se pierde el hogar y toda la esctructura familiar que es cobijada por él se ve derrumbada junto con la propiedad que le servía de techo. Es sin duda alguna el peor de los escenarios.


Para entender la propuesta de un seguro estatal, es necesario entener el rol que juega el Estado partiendo desde la creación de los estados modernos que tienen su génesis en los antiguos estados feudales, en los que el propietario de la tierra era el señor feudal y los siervos de la gleba estaban en la obligación de pagar un tributo por su ocupación (notamos un incipiente impuesto territorial), esto generó la creación de los reinos, en los que el cobro de los tributos o contribuciones pasó a ser una actividad a cargo de un oficio real especial, y luego con la emancipación de las colonias, los nuevos estados se dieron cuenta que no todo lo real era tan malo ya que la mantención de ciertops tributos les permitía mantenerse, por lo cual continuaron el cobro de los impuestos a la tenencia y en algunos casos de la explotación o no explotación de la tierra.


La diferencia entre esos tiempos y nuestra época es que existe un sentido social de la propiedad y de las obligaciones que tiene el Estado para con sus ciudadanos que justifican el cobro de los impuestos, ya que ellos financian el crecimiento del país y el establecimiento de políticas sociales de carácter público.


Siendo así, como todos los tributos, el impuesto territorial debe responder a una lógica de retribución y redistribución social, sobre todo pensando que este impuesto grava el terreno y sus construcciones y respecto de éstas lo hace en consideración al tipo y a los materiales empleados, de manera que el ingreso que recibe el Fisco Estado es directamente proporcional a las condiciones y características del inmueble mirado en su conjunto y al destino que éste tiene.


Por tal motivo, si uno da un paso más resulta lógico pensar que el Estado debería preocuparse de mantener asegurados los objetos que son la causa y condición para el cobro justo de eso impuesto y por ende sería el Estado quien debería destinar parte de esos ingresos producto de las contribuciones territoriales al pago de seguros contra incendio y sismo por las construcciones, que le sirven de fundamento para un mayor cobro de ese impuesto territorial. Esto significa la creación de un seguro estatal a las construcciones gravadas por las contribuciones.


Este seguro estatal debería aplicarse por regla general a todos aquellos casos en los que el Estado cobra un impuesto territorial, quedarían por tanto exentos los inmuebles que no están afectos al impuesto, tomando como base del monto asegurado el avalúo fiscal de la propiedad -el cual es cada día más cercano a un valor comercial- que responde a criterios objetivos de cálculo. La indeminización debería estar destinada a la reconstrucción o reparación del inmueble de modo que opere como pago directo a la constructora que efectuará las obras, y con eso se da una certeza del cumplimiento de la finalidad indemnizatoria del seguro, sin necesidad que el particular tenga hacer otro trámite más que el de mantener al día sus contribuciones.


Para los inmuebles que cuentan con seguro particular, éste debería operar por el monto total asegurado y el seguro estatal sólo entraría a operar en caso de no existir seguro privado y sólo por el monto asegurado que coorresponda al avalúo fiscal. Con ello, no habría superposición de intereses asegurados.


De esta manera el Fisco se ve también favorecido, ya que mantener las contribuciones al día por parte de los contribuyentes es el mejor incentivo para poder mantener vigente su seguro que contará con la garantía del Estado.


Si pensamos en el costo que podría tener este seguro, debemos partir de la base que el seguro forma parte del impuesto y por consiguiente el costo es del propietario del bien, lo único que hace el Fisco es recaudar y tomar el seguro. El costo de las primas es ínfimo en relación a los montos asegurados, y también es ínfimo en relación a la tranquilidad y seguridad que se le da a los contribuyentes y a sus familias al contar con el respaldo del Estado cuando sucesos catastróficos como el ocurrido en febrero de este año destruyan casas y departamentos, respectos de los cuales, las obligaciones de sus propietarios como contribuyentes no cesan a pesar del daño sufrido.


Es otro tema pendiente se refiere a qué decisión adoptará el Fisco en esta materia, ya que no resulta lógico pagar contribuciones por un inmueble que no existe o que no sirve para el fin para el cual fue construido producto de este terremoto, si el Fisco pretende cobrar el 100% de las contribuciones que sufrieron daños se produciría un enriquecimiento injusto, tanto en el concepto jurídico, como en el moral.


Hemos de esperar que demos un paso adelante en estos temas, ya que la oportunidad de mejorar las condiciones bajo las cuales se cobra el impuesto territorial, cambiar el sentido de dicho tributo y de permitir que miles de personas no se queden en la más absoluta indefensión, se presenta ahora.

1 comentario:

Osvaldo dijo...

Me parece que deben implementarse distintos seguros por catástrofes, ya sea viviendas pero también a los seguros automotrices para evitar distintos problemas que pueden traer las tormentas o cuestiones meteorológicas similares